Por: Max Barrios Puente
Inconstitucional... sí, así fue la manera como la Suprema
Corte declaró de manera unánime que los artículos 140, 147 y 148 del Código
Civil del Estado de Nuevo León eran inconstitucionales ya que hacían referencia
a que sólo podrían contraer matrimonio el hombre y la mujer que hayan cumplido
los dieciocho años, mientras que el 147 menciona que el matrimonio “es la unión
legítima de un solo hombre y una sola mujer...perpetuar la especie y crear
entre ellos una comunidad de vida permanente”
Dicha acción fue promovida por la CNDH, ya que, estos
artículos violaban los principios de igualdad y no discriminación a los que
hace referencia la Constitución de México.
Los artículos a los que se harán las modificaciones marcan
un contraste debido a que estipulan que el matrimonio sólo debía ser formado
por un hombre y una mujer indicando una fuerte discriminación al excluir esta
oportunidad a las parejas homoparentales.
Nuestro Estado no puede tolerar la violación hacia los
derechos humanos de semejante manera por lo cual hay que permitir que se puedan
formar familias sin importar el sexo, todos tenemos los mismos derechos aquí y
en cualquier lugar.
En lo personal, siento que Nuevo León está dando un gran
paso al hacer este cambio, ya que se considera a nuestro estado como uno de los
más discriminatorios hacia la comunidad LGBTTTIQ, y esto de una u otra manera
tenía que cambiar algún día, creo que esto marcara un gran inicio de un fin
para Nuevo León ya que se abrirán nuevas puertas a la diversidad sexual y la
libre expresión de toda la comunidad.
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